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Asesoría integral en múltiples disciplinas jurídicas complementarias

Guevara Castaño Abogados ofrece servicios en múltiples disciplinas jurídicas que complementan nuestra práctica de litigio penal y corporativo. Contamos con expertos en derecho administrativo, comercial, civil y de familia, así como en resolución alternativa de controversias para asesoría integral de nuestros clientes.

Derecho Administrativo

En Guevara Castaño Abogados asesoramos y representamos a particulares, servidores públicos y empresas en sus conflictos frente a la administración pública en toda Colombia. Nuestro equipo tramita demandas de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos administrativos, acciones de reparación directa por daños causados por la acción u omisión del Estado, controversias contractuales y asesoría en contratación estatal, defensa en procesos disciplinarios y de responsabilidad fiscal ante la Procuraduría y la Contraloría, conciliaciones extrajudiciales, recursos en sede administrativa, reclamaciones de contrato realidad y acciones constitucionales. Actuamos con rigor técnico, visión estratégica y especial atención a los términos de caducidad —decisivos para la protección de sus derechos—, transformando la complejidad del derecho administrativo en estrategias claras y resultados concretos.

Derecho Comercial

En Guevara Castaño Abogados asesoramos a emprendedores, comerciantes y empresas en todas las etapas de su actividad mercantil. Acompañamos la constitución de sociedades, las reformas estatutarias, las fusiones y adquisiciones y la estructuración del gobierno corporativo; elaboramos, revisamos y negociamos contratos comerciales —distribución, franquicia, licencias de marca y compraventa—; gestionamos el registro y la protección de marcas, patentes y demás activos de propiedad intelectual; y representamos a nuestros clientes en litigios comerciales, conflictos societarios, procesos de insolvencia y reorganización de deudas, asuntos de competencia y prácticas desleales, así como en la defensa de los derechos del consumidor. Combinamos visión estratégica de negocio con rigor jurídico para prevenir riesgos, dar seguridad a cada operación y proteger el patrimonio y la continuidad de su empresa.

Derecho Civil y de Familia

En Guevara Castaño Abogados acompañamos a las personas y las familias en los asuntos jurídicos más sensibles y trascendentales de su vida, protegiendo por igual los vínculos afectivos y el patrimonio. En materia de familia asesoramos y representamos en procesos de divorcio y liquidación de la sociedad conyugal, declaración de unión marital de hecho, fijación, aumento o disminución de cuota alimentaria, custodia y régimen de visitas, impugnación y reconocimiento de paternidad o maternidad, sucesiones ante notaría o juzgado y demás conflictos del entorno familiar.

En materia civil elaboramos y revisamos contratos, asesoramos en promesas de compraventa y negocios sobre bienes inmuebles, gestionamos testamentos y planificación patrimonial, y representamos a nuestros clientes en procesos de pertenencia, reivindicatorios, de restitución de inmuebles, de responsabilidad civil por daños y perjuicios y demás reclamaciones. Combinamos un enfoque preventivo —contratos sólidos que pueden evitar litigios— con una defensa técnica rigurosa y un acompañamiento humano en cada etapa del proceso, transformando un problema legal complejo en un camino claro y manejable.

Nuestro compromiso es defender los intereses de nuestros clientes en cualquier disciplina jurídica donde su negocio, su libertad o su patrimonio se encuentren en riesgo.
— Guevara Castaño Abogados
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Lo que nuestros clientes preguntan

Son los mecanismos que permiten resolver conflictos sin acudir a un proceso judicial ordinario, o resolviéndolo de forma más ágil. Los principales en Colombia son la conciliación, el arbitraje, la amigable composición y la transacción. Ofrecen, en muchos casos, mayor rapidez, confidencialidad y control de las partes sobre la solución.

La conciliación es un mecanismo en el que un tercero neutral, el conciliador, ayuda a las partes a llegar a un acuerdo que resuelva su conflicto. El acuerdo conciliatorio se documenta en un acta que hace tránsito a cosa juzgada y presta mérito ejecutivo, es decir, tiene efectos equivalentes a los de una sentencia.

En varios asuntos, la conciliación extrajudicial es un requisito de procedibilidad: debe intentarse antes de presentar la demanda. Esto ocurre, por ejemplo, en numerosos asuntos civiles, comerciales, de familia y contencioso administrativos. Su realización no obliga a llegar a un acuerdo, pero sí debe agotarse el intento.

El arbitraje, regulado por la Ley 1563 de 2012, es un mecanismo en el que las partes acuerdan que un tribunal de árbitros resuelva su controversia mediante un laudo arbitral, que tiene la misma fuerza que una sentencia judicial. Suele convenir en conflictos comerciales de cierta complejidad o cuantía, por su especialidad y celeridad.

En la conciliación son las propias partes quienes construyen y aceptan la solución, con la ayuda del conciliador. En el arbitraje, en cambio, son los árbitros quienes deciden el conflicto mediante un laudo de obligatorio cumplimiento. La conciliación busca el acuerdo; el arbitraje produce una decisión.

Es el acuerdo mediante el cual las partes deciden someter al arbitraje las controversias que surjan o puedan surgir de una relación contractual. Suele incluirse como cláusula dentro de un contrato. Su correcta redacción es importante para evitar discusiones futuras sobre su validez o alcance.

Sí. Tanto el acta de conciliación como el laudo arbitral tienen efectos vinculantes: hacen tránsito a cosa juzgada y prestan mérito ejecutivo. Esto significa que, si una parte incumple lo acordado o lo decidido, la otra puede exigir su cumplimiento mediante un proceso ejecutivo.

Entre las principales ventajas están la mayor celeridad, la posibilidad de contar con terceros especializados en la materia, la confidencialidad, la reducción de la carga emocional del litigio y, en muchos casos, la preservación de la relación entre las partes. Además, descongestionan la administración de justicia.

Pueden resolverse los asuntos que sean transigibles, desistibles o conciliables, es decir, aquellos sobre los que las partes pueden disponer. No son susceptibles de estos mecanismos ciertos asuntos indisponibles o de orden público. Un abogado puede indicar si un conflicto concreto admite una solución alternativa.

Un abogado especializado evalúa cuál es el mecanismo más conveniente para cada conflicto, prepara y sustenta la posición de su cliente en la conciliación, lo representa en los trámites arbitrales, redacta cláusulas compromisorias y acuerdos sólidos, y vela por que la solución alcanzada proteja efectivamente sus intereses.

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